Hoy, 4 de julio, se publicó la ley que dispone el nombramiento extraordinario de docentes contratados en institutos y escuelas de educación superior tecnológicos, artísticos, de folklore, de música y pedagógicos públicos.
De acuerdo a la ley, se autoriza al Ministerio de Educación a realizar en los años 2023 y 2024, de manera extraordinaria, el nombramiento de los docentes contratados en las plazas orgánicas vacantes.
Se precisa que los docentes que son nombrados bajo esta ley ingresan a la primera categoría de la Carrera Pública del Docente, conforme lo establece la Ley 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes.
Los docentes serán nombrados cuando acrediten lo siguiente:
– Cumplir requisitos mínimos para acceder a la primera categoría de la carrera pública del docente en los institutos de educación superior y en las escuelas de educación superior, establecidos en el artículo 69 de la Ley 30512.
– Haber tenido contrato como docente en la educación superior no universitaria, no menor de 50 meses continuos o interrumpidos, a la entrada en vigor de la presente ley.
– Haber obtenido la plaza de contrato del literal a) mediante concurso público de méritos, ya sea que este contrato original se encuentre vigente o haya sido renovado.
– Postular a una plaza orgánica vacante con independencia de si el postulante se encuentra contratado en ella o no.