Hoy viernes 15 de noviembre vence el plazo para que los empleadores cumplan con el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), un beneficio social, destinado también a servir de sustento al trabajador en caso de pérdida de empleo.
El cálculo para este beneficio se basa en el tiempo trabajado entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2024, abonándose 1/12 de la remuneración mensual por cada mes completo trabajado, más la proporción correspondiente por los días laborados (1/30 de 1/12).
La remuneración computable para el cálculo incluye la asignación familiar y otros ingresos regulares, como comisiones y horas extras, siempre que sean de libre disposición. También se incluye 1/6 de la gratificación de julio de 2024.
Este beneficio tiene como objetivo garantizar una protección financiera a los trabajadores en caso de pérdida de empleo, mitigando así el impacto económico que podría generar esta situación.
Por: Patricia Cari