El Congreso aprobó el texto sustitutorio de los proyectos de ley 2217/2021 y 7760/2021 que modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal, para castigar con cárcel el acoso sexual a menores de 14 años.
El texto establece que la pena por acoso sexual se aplica de igual manera a quien realice dicha conducta utilizando cualquier tecnología de la información o comunicación, así como cualquier otro medio tecnológico.
El documento se lee: “El que de cualquier forma vigile, persiga, acose o busque establecer contacto o cercanía con un menor de hasta 14 años con el fin de llevar a cabo actos de connotación sexual será reprimido con una pena privativa de libertad de no menor de 6 ni mayor de 9 años».
Asimismo, se establece que el infractor será inhabilitado conforme a lo dispuesto en los numerales 5, 9, 10 y 11 del artículo 36 del Código Penal, cuyo texto expresa una serie de restricciones respecto a las penas limitativas de derechos.
Por: Patricia Cari