El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) presentó un proyecto de ley que propone que los directivos y fundadores de un partido político no deban tener condena por delitos de terrorismo, apología al terrorismo, tráfico ilícito de drogas, violación de la libertad sexual, colusión, peculado, corrupción de funcionarios, tráfico de influencias o enriquecimiento ilícito.
La iniciativa también considera la suspensión de la participación de un partido en las elecciones, si es que se conoce que alguno de los dirigentes o el fundador fue sentenciado por alguno de estos delitos mientras ejerció el cargo.
Estas restricciones también aplican para los fundadores y dirigentes de los movimientos regionales, quienes tampoco deberán estar sentenciados por casos de corrupción o de delitos contra la libertad sexual para poder conformar estas organizaciones políticas o participar en las elecciones regionales.
Como se recuerda, actualmente, según el JNE, la Ley de Partidos Políticos solo exige la presentación de esta declaración jurada a los fundadores del partido, sin implementar estas restricciones a los directivos.