SE publicó la Ley 32197 que autoriza el otorgamiento de una entrega económica para el personal policial que de forma voluntaria preste servicios de patrullaje a pie, patrullaje motorizado y operaciones focalizadas de investigación.
En el documento se lee: “La presente ley tiene por finalidad, autorizar, al personal policial que se encuentre de vacaciones o franco y conforme a la necesidad que, de forma excepcional y temporal establezca el Alto Mando de la Policía Nacional del Perú, a prestar de manera voluntaria servicios de patrullaje”.
Además, menciona que el monto de la entrega económica a favor del referido personal policial comprende la labor desarrollada por siete horas ininterrumpidas por día.
Por: Patricia Cari