Por: Maria T.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) decide revocar la sanción contra Fernando Rospigliosi, quien había sido acusado de romper la neutralidad electoral por el uso de una cámara del Congreso en un mitin de Fuerza Popular donde se lanzó la candidatura de Keiko Fujimori.
El JNE concluyó que Rospigliosi no cometió infracción, porque la supervisión de los equipos y recursos del Congreso no depende directamente de él, sino de la Oficialía Mayor, el órgano que administra los bienes institucionales. Por eso, no se le podía exigir un control permanente de cada recurso.
Según el fallo, los funcionarios públicos solo responden por las funciones que les asignan sus documentos de gestión. En este caso, el uso irregular de la cámara recae en quienes estaban a cargo de la Oficialía Mayor, no en la presidencia del Legislativo.
A diferencia de Rospigliosi, Jaime Abensur Pinasco y Daniel Constantino Luza Amésquita, involucrados en el traslado de la cámara, siguen bajo responsabilidad porque no apelaron. Así, la sanción del JEE de Pacasmayo quedó sin efecto para el presidente del Congreso, pero no para los demás funcionarios.


